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¿Cómo establecer un servicio de vacunación en mi farmacia? Argentina 2024

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Agostina Stefani

2 de julio de 2024

5 min


Si sos farmacéutico y estás considerando expandir los servicios de tu farmacia para incluir vacunación, es crucial entender los requisitos y pasos necesarios según las regulaciones actuales en Argentina.

Este artículo te guiará a través del proceso para establecer un centro de vacunación en tu establecimiento, asegurando que cumplas con todas las normativas y brindes un servicio seguro y efectivo.

Requisitos para establecer un centro de vacunación en farmacias

Según lo indicado la página web del Gobierno de la nación, los requisitos a cumplir para poder brindar este servicio en tu establecimiento farmacéutico son:

  1. Documentación necesaria:

    • Formulario completo de solicitud en TAD.
    • Documentos de propiedad o contrato de locación/comodato certificados por escribano público.
    • Cumplimiento de normativas específicas para propiedad horizontal y condominios.
    • Certificación de cumplimiento del artículo N.º 39 de la Ley 17132 para sociedades propietarias de establecimientos de salud.
  2. Requisitos estructurales del local:

    • Plano detallado del lugar con especificaciones de áreas y servicios.
    • Áreas mínimas requeridas para sala de espera y vacunatorio.
    • Equipamiento obligatorio como heladeras para vacunas, camillas, y sistemas de ventilación adecuados.
  3. Habilitación y normativas de seguridad:

    • Plancheta de habilitación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
    • Contrato con empresa de recolección de residuos biopatogénicos.
    • Cumplimiento de normas de bioseguridad y manejo de residuos.
  4. Personal requerido:

    • Médico, enfermera profesional, auxiliar de enfermería, personal administrativo y de limpieza.
    • Capacitación continua y actualización en normativas de vacunación.

Normativa COFA para centros de vacunación en farmacias

La Confederación Farmacéutica Argentina establece normas mínimas para la aplicación de vacunas e inyectables en farmacias, garantizando la seguridad y calidad del servicio ofrecido a la comunidad.

Artículo 1

El farmacéutico que aplique vacunas e inyectables en la farmacia y desee reconocimiento como vacunatorio debe tener:

  • Un ambiente para la aplicación de inyectables de mínimo 4 m², separado de otros sectores de la farmacia.
  • Iluminación y ventilación adecuadas.
  • Paredes y pisos lisos, lavables, impermeables y resistentes a agentes químicos.
  • Mesadas de trabajo con material impermeable y fácil de limpiar.

Artículo 2

El vacunatorio debe contar con:

  • Una pileta con agua corriente o purificada.
  • Jabón líquido y toallas descartables para manos.
  • Recipientes para residuos contaminados y no contaminados, acondicionados según normas de bioseguridad.
  • Una heladera preferentemente para vacunas, con registro de temperatura controlada al menos una vez por día, refrigerantes y botellas de agua.
  • Un termómetro colocado en el centro de la heladera.
  • Una camilla adecuada, forrada en material lavable y cubrecamillas cambiables.
  • Algodón en torundas y/o gasa esterilizados en recipientes con tapa.
  • Alcohol, agua oxigenada y otros antisépticos.
  • Suficiente provisión de guantes, agujas y jeringas descartables.
  • Colector y descartador de agujas y jeringas según normas de bioseguridad.
  • Elementos adecuados para tratar urgencias y emergencias inyectables.
  • Elementos para lavado y desinfección de material no descartable, como cepillos, lavado de cajas y jabón o detergentes e hipoclorito de sodio al 60% u 80% en envases que lo protejan de la luz.

Artículo 3

El farmacéutico en la farmacia deberá:

  • Aplicar inyectables conforme a la legislación sanitaria vigente y la información de cada medicamento.
  • Exhibir en lugar visible el calendario oficial de vacunación y otra información gráfica educativa.
  • Entregar a cada paciente vacunado un certificado (carné) con información detallada de la vacunación.
  • Llevar un registro mensual de vacunas e inyectables aplicados, con datos personales y detalles de la vacunación.
  • Asegurar el procesamiento bioseguro y documentable de residuos de inyectables.

Artículo 4

Los farmacéuticos que deseen reconocer centros de vacunación en farmacias deberán:

  • Acreditar la aprobación de cursos de actualización homologados por la autoridad competente.
  • Conocer y aplicar las normas nacionales de vacunación, cadena de frío y bioseguridad.

Artículo 5

El farmacéutico deberá remitir periódicamente al Colegio jurisdiccional la información de las vacunas aplicadas para ser enviada a la autoridad sanitaria competente.

Artículo 6

Se recomienda al farmacéutico colaborar con los operativos nacionales y/o provinciales de vacunación futuros.

Conclusión

Establecer un servicio de vacunación en tu farmacia no solo amplía tu oferta de salud, sino que también contribuye a la accesibilidad y conveniencia para los pacientes. Asegurate de cumplir con todos los requisitos legales y estructurales para operar un centro de vacunación que cumpla con los estándares de calidad y seguridad exigidos.

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Head of Customer Success en Extendeal.